
Cuando un despido se declara improcedente, la consecuencia habitual es la prevista en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores: readmisión o indemnización legal tasada, calculada en función del salario y la antigüedad.
Pero en los últimos años se ha abierto un debate importante: ¿puede esa indemnización legal ser insuficiente en algunos casos?
La discusión se ha apoyado en normas internacionales como el Convenio 158 de la OIT y la Carta Social Europea revisada, que reconocen la necesidad de una protección adecuada frente al despido injustificado.
El Tribunal Supremo ha abordado esta cuestión en la Sentencia del TS nº 736/2025, de 16 de julio de 2025. La conclusión práctica es prudente: la indemnización adicional no se reconoce automáticamente en cualquier despido improcedente. La regla general sigue siendo la indemnización tasada del Estatuto de los Trabajadores.
Ahora bien, eso no significa que la cuestión esté cerrada para todos los casos. Puede haber situaciones excepcionales en las que el trabajador alegue y acredite daños concretos que no queden compensados por la indemnización legal.
Cuándo puede tener sentido estudiar una indemnización adicional
Por ejemplo, puede tener sentido estudiar la reclamación de una indemnización adicional cuando concurren circunstancias especialmente gravosas, como:
- una antigüedad muy baja que genera una indemnización mínima;
- la renuncia a un empleo anterior por una oferta que se frustra rápidamente;
- daños económicos concretos y acreditables;
- una actuación empresarial especialmente abusiva;
- perjuicios que no se correspondan con el simple hecho de perder el empleo.
La clave está en la prueba. No basta con decir que la indemnización legal «es poca». Hay que explicar qué daño adicional existe, por qué deriva del despido y cómo puede cuantificarse.
Para trabajadores, la enseñanza es clara: si te despiden y la indemnización resulta muy baja, no debes asumir automáticamente que no hay nada más que reclamar. Pero tampoco conviene pensar que todo despido improcedente genera una indemnización adicional.
Recomendaciones prácticas
- Conserva la oferta de empleo, comunicaciones y promesas realizadas.
- Guarda documentación sobre perjuicios económicos concretos.
- Explica qué decisiones tomaste confiando en la empresa.
Consulta antes de aceptar acuerdos cerrados si el daño sufrido parece superior a la indemnización legal
Conclusión
La indemnización adicional no es automática, pero puede ser una vía a valorar en casos excepcionales y bien probados.
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Para saber más
Jurisprudencia relevante
Sentencia del TS nº 736/2025, de 16 de julio de 2025. Consultar sentencia
Normativa relevante
- Artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores: indemnización tasada por despido improcedente.
- Convenio 158 de la OIT: protección adecuada frente al despido injustificado.
- Carta Social Europea revisada (art. 24): derecho a indemnización adecuada u otra reparación apropiada.
Idea clave
La indemnización adicional no es automática, pero puede reclamarse en casos excepcionales cuando el trabajador acredita un daño concreto, distinto y cuantificable, que no queda cubierto por la indemnización tasada.